A domicilio · Córdoba

Escribano a domicilio en Córdoba

Para quien no puede moverse o no puede ir en horario de oficina: qué trámites hace un escribano en tu casa, en una clínica o en el trabajo, cuánto cobra y qué se puede hacer a distancia.

Pedir escribano es gratis. Sabés el total antes de firmar.

Ilustración de una casa con un recorrido punteado desde un maletín, un poder firmado, un marcador de ubicación y un reloj

¿Cuánto cobra un escribano a domicilio en Córdoba?

Un escribano a domicilio cobra el honorario del trámite, el mismo que en la escribanía, más el traslado, que cotiza cada uno. Para las actas fuera de la oficina, el mínimo del Colegio parte desde $159.000 sin traslado. Una certificación de firma sale desde $26.500 y un poder para jubilados desde $60.950.

La tabla del Colegio no fija un valor para el traslado: depende de la distancia, del tiempo que lleva y de si el escribano tiene que volver con papeles firmados. Por eso conviene contar dónde es, cuántas personas firman y qué trámite es antes de pedir el presupuesto. Si el escribano tiene que quedarse más tiempo, la tabla pone desde $92.750 por cada hora adicional.

Un ejemplo común: un poder para que un hijo cobre la jubilación de su padre, firmado en la casa del padre. El mínimo del poder es $60.950 y ya incluye gastos e impuesto de sellos. A eso se suma el traslado.

Fuera de horario puede haber recargo. En las actas de constatación, la tabla del Colegio suma un 50 % si se hacen después de las 20, un feriado o un fin de semana.

Honorarios mínimos éticos del Colegio de Escribanos de Córdoba. Valores a agosto de 2026: pueden subir cuando el Colegio actualice el FIDES. No incluyen impuestos, aportes ni tasas salvo que se aclare.
TrámiteDesde · agosto de 2026
Certificación de firmaMás traslado $26.500
Poder para jubiladosMás traslado $60.950
Poder especialMás traslado $140.450
Otras actas fuera de la oficina (constatación de domicilio, supervivencia)No incluye traslado $159.000
Acta de notificación fuera de la oficinaNo incluye traslado $185.500
Adicional por hora $92.750

El resto está en la tabla de honorarios mínimos del Colegio.

Fuente: Colegio de Escribanos de la Provincia de Córdoba, honorarios mínimos éticos consensuados.

Qué trámites se hacen en tu casa, en una clínica o en el trabajo

A domicilio se hacen casi todos los trámites notariales: certificar firmas, firmar poderes, hacer un testamento, labrar actas y hasta firmar escrituras. Lo que cambia es que el escribano va donde está la persona. Tiene que comprobar su identidad y que entiende lo que firma, igual que en la escribanía.

Los casos más habituales son personas mayores que no pueden salir, alguien internado en una clínica, una persona con movilidad reducida o una empresa que prefiere que el escribano vaya a la oficina para que firmen varios a la vez.

El límite no es el lugar, sino la persona. Si quien tiene que firmar no puede expresar su voluntad, el escribano no puede hacer el acto aunque la familia esté de acuerdo. En ese caso el camino es judicial y conviene hablar con un abogado.

¿Hace falta que el escribano vaya?

Solo si la persona no puede ir

El traslado encarece el trámite, así que si quien firma puede llegar a la escribanía, suele salir más barato ir. Para certificar una firma en una nota sin valor económico, la Policía de Córdoba es otra opción, aunque también hay que ir en persona. Para escrituras y actos que se van a usar en el exterior, la presencia ante el escribano es obligatoria.

Escribano online: qué permite la Ley 10.990

La Ley 10.990 de Córdoba permite que el escribano certifique firmas en forma remota, constate hechos y contenidos de internet con herramientas tecnológicas y entregue testimonios y copias en formato digital. Las escrituras y los actos para usar fuera del país siguen siendo presenciales. La ley se aplica de a poco, según resoluciones del Colegio.

Para certificar una firma a distancia, el escribano usa la plataforma que establece el Colegio de Escribanos y un servicio de validación de identidad. En una constatación de contenido virtual, deja constancia de los pasos que siguió, las direcciones y los enlaces, y puede generar un documento electrónico con firma digital.

Como la puesta en marcha depende de resoluciones del Colegio, no todas las escribanías lo ofrecen. Si te sirve la opción a distancia, decilo en el formulario y te pasamos con una escribanía que confirme que ya trabaja así.

Fuente: Ley 10.990 de Córdoba, artículos 9 a 14 y 18.

Cómo pedir un escribano a domicilio

Contá qué trámite es, dónde está la persona que firma y en qué horario se la puede visitar. El escribano te pasa el presupuesto con el traslado, te dice qué documentos preparar y arregla el día. Si el trámite lleva un texto, como un poder, suele prepararlo antes para firmarlo en una sola visita.

  1. Contanos el caso

    Trámite, barrio y horario. Marcá "A domicilio" en el formulario.

  2. Presupuesto con traslado

    El escribano te pasa el total: honorario del trámite más la visita.

  3. Preparación

    Te pide los datos y los papeles para dejar el documento listo antes de ir.

  4. Visita y firma

    Comprueba identidad y voluntad, firma el acto y te entrega lo que corresponda.

¿Necesitás que el escribano vaya a tu casa?

Elegí 'A domicilio' en el horario, contanos qué trámite es y en qué barrio. Te pasamos con un escribano matriculado que haga visitas y te diga el total con el traslado antes de ir.

  • No te cobramos nada.
  • Sabés el total antes de firmar.
  • Precios desde el mínimo del Colegio de Escribanos.

Contanos qué necesitás

Gratis para vos. Te respondemos por WhatsApp con el escribano que mejor te queda (lunes a viernes de 8 a 18 h y sábados de 9 a 14 h). O escribinos sin completar nada.

Preguntas frecuentes sobre el escribano a domicilio

¿Cuánto cobra un escribano a domicilio en Córdoba?

El honorario del trámite es el mismo que en la escribanía y se suma el traslado, que cotiza cada escribano según la distancia y el tiempo. La tabla del Colegio fija desde $159.000 como mínimo para las actas fuera de la oficina y desde $92.750 por cada hora adicional, sin contar el traslado.

¿Un escribano puede ir a una clínica o a un geriátrico?

Sí. El escribano puede certificar firmas, hacer un poder o labrar un acta donde está la persona, siempre que pueda comprobar su identidad y que entiende lo que firma. Si la persona no está en condiciones de expresar su voluntad, el escribano no puede hacer el acto, y hay que hablar con un abogado.

¿Se puede hacer una escritura a domicilio?

Sí, el escribano puede firmar la escritura fuera de la escribanía, dentro de su competencia territorial. Lo que no se puede hacer a distancia, por videollamada, es una escritura: la Ley 10.990 dice que los actos protocolares solo se otorgan en forma presencial.

¿Existe el escribano online en Córdoba?

La Ley 10.990 permite que el escribano certifique firmas en forma remota, constate contenidos de internet y expida testimonios y copias en formato digital. Se pone en marcha de a poco, según resoluciones del Colegio de Escribanos, así que preguntá si la escribanía ya lo ofrece. Las escrituras y los actos para usar fuera del país siguen siendo presenciales.

¿Hay escribanos que atiendan fuera de horario o el fin de semana?

Depende de cada escribanía, y fuera de horario puede haber recargo. Para las actas de constatación, la tabla del Colegio suma un 50 % cuando se hacen después de las 20, un feriado o un fin de semana. En el formulario elegí el horario que te sirve y te pasamos con una escribanía que atienda en ese momento.

¿Qué tiene que tener a mano la persona que firma en su casa?

Su DNI, el documento que va a firmar o los datos del trámite, y los papeles que respaldan el acto: el título del auto, la escritura, el recibo de la jubilación o lo que corresponda. Si firma en nombre de otra persona o de una empresa, también el poder o el estatuto.

Página revisada el 18 de septiembre de 2026. La información es general y no reemplaza el asesoramiento de un escribano sobre tu caso.

Otros trámites que suelen ir juntos

  • Poder notarial

    Especial, general, para juicios, para jubilados o carta poder. Qué tipo conviene y cuánto sale cada uno.

  • Certificación de firma

    Contratos de alquiler, boletos, declaraciones juradas y formularios. Se cobra por cada persona que firma.

  • Testamento

    Testamento por acto público y actos de autoprotección: requisitos, testigos y costo.

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