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Caja Notarial de Córdoba: qué es y qué aportes cobra

La caja de jubilaciones de los escribanos, los dos aportes que la ley pone a cargo de quien escritura y por qué aparecen como una línea aparte en el presupuesto.

Ilustración de un edificio con el cartel Caja Notarial junto a un presupuesto y un gráfico de torta

Esta no es la página oficial de la Caja Notarial. La web oficial es cajanotarialcba.com.ar, con sede en Sucre 231, Córdoba Capital y teléfonos (0351) 485-2649 / 51. Si sos escribano, jubilado o pensionado y buscás un recibo, un subsidio o la cartilla médica, el trámite es ahí. Si llegaste porque el aporte a la Caja aparece en el presupuesto de una escritura y querés entender qué es, seguí leyendo.

¿Qué es la Caja Notarial de Córdoba?

Es la Caja Notarial de Jubilaciones y Previsión Social de la Provincia de Córdoba, una persona jurídica de derecho público no estatal y sin fines de lucro que regula la Ley 8427. Paga jubilaciones y pensiones a los escribanos y a sus familias y da subsidios y asistencia médica. Todos los escribanos de registro están afiliados por obligación.

La Caja existe desde antes de la ley actual: el artículo 1 de la Ley 8427 dice que continúa la caja creada por la Ley 4390 y mantenida por la Ley 6494. Quedan comprendidos, en forma obligatoria, los escribanos titulares de registros notariales y sus adscriptos que ejercen en la provincia, además de los jubilados (artículo 2).

Según el artículo 28, sus prestaciones son las jubilaciones, las pensiones, becas para huérfanos, subsidios y asistencia médica integral. No es la Caja de Jubilaciones de la Provincia, que atiende a los empleados públicos, ni forma parte de ANSES. Tampoco cotiza escrituras ni da presupuestos: eso lo hace cada escribano.

Fuente: Ley 8427 de la Caja Notarial de Jubilaciones y Previsión Social de Córdoba (texto publicado por el Colegio de Escribanos), artículos 1, 2 y 28.

Fuente: Caja Notarial de Jubilaciones y Previsión Social de la Provincia de Córdoba, sitio oficial.

¿Qué aportes a la Caja se pagan en una escritura?

La Ley 8427 fija dos aportes a cargo de quienes contratan al escribano: el 3 % del honorario, repartido entre todos los otorgantes, y el 0,3 % del monto de la operación, calculado sobre el precio o la valuación fiscal, el mayor. La Caja puede bajar el primero hasta el 1 %, así que el porcentaje real se confirma en el presupuesto.

El artículo 19 de la ley enumera los recursos de la Caja. Tres tienen que ver con una escritura, pero solo dos salen del bolsillo de quien la contrata:

Aportes de la Ley 8427, artículo 19. Son los porcentajes del texto legal; la Caja puede reducir los de los incisos a) y b).
AportePorcentaje de la leyQuién lo paga
Sobre el honorario, inciso b)3 %, reducible hasta 1 %Quienes contratan al escribano, repartido entre todos los otorgantes
Sobre el monto del acto, inciso c)0,3 %Las partes, sobre el precio o la valuación fiscal, el mayor
Aporte personal, inciso a)15 % de sus honorariosEl escribano, de su bolsillo

Un ejemplo con los porcentajes máximos del texto legal. En la compra de un departamento de $60.000.000, el honorario mínimo del Colegio es el 2 % del valor: $1.200.000. El aporte sobre el honorario, al 3 %, da $36.000. El aporte sobre el monto, al 0,3 %, da $180.000. En total, $216.000, repartidos entre las partes. Si la Caja aplica hoy un porcentaje menor sobre el honorario, la cifra baja.

Una aclaración honesta: la Caja no publica en su web qué porcentajes aplica hoy, y la ley la autoriza a reducir el aporte sobre el honorario. Por eso este ejemplo es un techo y no un precio. El dato exacto lo da el escribano en el presupuesto o la propia Caja por teléfono.

Fuente: Ley 8427 de la Caja Notarial de Jubilaciones y Previsión Social de Córdoba (texto publicado por el Colegio de Escribanos), artículo 19.

Fuente: Colegio de Escribanos de la Provincia de Córdoba, honorarios mínimos éticos consensuados.

¿Quién cobra el aporte y cómo aparece en el presupuesto?

No pagás a la Caja en forma directa. El escribano cobra los aportes a las partes y los deposita en el Colegio de Escribanos junto con sus honorarios; la ley lo hace responsable directo de ese pago. Por eso aparecen como una línea propia en el presupuesto de la escritura, separada del honorario, los sellos y la inscripción.

El mecanismo está en el artículo 20 de la Ley 8427: el escribano percibe el aporte de los otorgantes y lo deposita en el Colegio junto con los honorarios de cada escritura. El Colegio controla que los montos depositados sean correctos.

La tabla de honorarios mínimos del Colegio aclara que el 2 % de una escritura traslativa no incluye los aportes. Es decir que el aporte no sale del honorario del escribano: se suma. Cuando compares dos presupuestos, fijate que los dos incluyan la línea de aportes, porque uno sin esa línea puede parecer más barato sin serlo. La tabla completa está en honorarios mínimos del Colegio de Escribanos.

Quién paga cada parte entre comprador y vendedor tampoco lo resuelve la ley. El inciso b) reparte el aporte sobre el honorario entre todos los otorgantes y el inciso c) pone el aporte sobre el monto a cargo de las partes, sin decir en qué proporción. Conviene dejarlo escrito en el boleto, igual que el reparto del impuesto de sellos, que tiene una lógica parecida y está explicado en impuesto de sellos en Córdoba.

Todas las líneas juntas, con un ejemplo en números del honorario, los gastos, los sellos y la inscripción, están en cuánto cuesta escriturar en Córdoba.

Fuente: Ley 8427 de la Caja Notarial de Jubilaciones y Previsión Social de Córdoba (texto publicado por el Colegio de Escribanos), artículo 20.

Caja Notarial, Colegio de Escribanos y Archivo de Protocolos

La Caja Notarial se ocupa de la previsión social de los escribanos: no es donde se hacen trámites notariales. El Colegio de Escribanos, en Obispo Trejo 104, legaliza firmas de escribanos, apostilla documentos y administra el Archivo de Protocolos, donde se piden copias de escrituras viejas. Para una escritura nueva, el que te atiende es un escribano.

Mucha gente llega a la Caja buscando otra cosa. Si necesitás que la firma de un escribano de Córdoba valga en otra provincia, la legalización se hace en el Colegio. Si perdiste la escritura de tu casa y tiene más de dos años, lo más probable es que el original esté en el Archivo de Protocolos, que también administra el Colegio; los pasos y los costos están en copia de escritura en Córdoba.

Y si lo que querés es escriturar, donar o hacer un poder, la Caja no interviene hasta que el escribano liquida los aportes. El trámite empieza pidiendo presupuesto a un escribano matriculado. En cómo funciona está explicado cómo te pasamos con uno.

Fuente: Colegio de Escribanos de la Provincia de Córdoba.

Preguntas frecuentes sobre la Caja Notarial

¿Cuál es la página oficial de la Caja Notarial de Córdoba?

Es cajanotarialcba.com.ar. Ahí están los servicios para afiliados y jubilados: haberes, liquidaciones, subsidios, préstamos y prestaciones médicas. La sede está en Sucre 231, Córdoba Capital y los teléfonos publicados son (0351) 485-2649 / 51. Esta página no es de la Caja: explica qué aportes se pagan en una escritura.

¿Cuánto es el aporte a la Caja Notarial en una escritura?

La Ley 8427 fija dos aportes a cargo de quienes contratan al escribano: el 3 % del honorario, que la Caja puede bajar hasta el 1 %, y el 0,3 % del monto de la operación. Qué porcentaje aplica hoy la Caja no lo publica en su web, así que pedí que figure en el presupuesto.

¿El aporte a la Caja lo paga el comprador o el vendedor?

La ley dice que el aporte sobre el honorario se reparte entre todos los otorgantes y que el aporte sobre el monto es a cargo de las partes, sin fijar una proporción. En la práctica se acuerda en el boleto junto con el resto de los gastos de la escritura. Preguntale al escribano cómo lo va a liquidar.

¿El aporte a la Caja está incluido en el 2 % del escribano?

No. La tabla del Colegio de Escribanos aclara que el honorario de la escritura, el 2 % del valor con un mínimo que parte desde $1.110.350, no incluye aportes, gastos, informes, inscripción ni sellos. Los aportes se suman aparte y el escribano los deposita en el Colegio para la Caja.

¿Qué diferencia hay entre la Caja Notarial y el Colegio de Escribanos?

La Caja es el organismo de jubilación y previsión social de los escribanos. El Colegio de Escribanos es la institución que agrupa a los escribanos, legaliza sus firmas, apostilla documentos y administra el Archivo de Protocolos, en Obispo Trejo 104. Para una legalización o una copia de escritura antigua, el lugar es el Colegio.

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