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Timbrado de la Policía de Córdoba para firmas

Qué es la tasa que la gente llama timbrado, cuánto cuesta en 2026, cómo se genera y se paga en Rentas, y qué documentos la Policía no certifica aunque pagues.

Ilustración de un mostrador de atención con el cartel Policía y, al lado, una boleta de tasa con un código de barras

En Córdoba se le dice timbrado a la tasa que hay que pagar antes de que la Policía certifique una firma. No es un sello que se compra en la comisaría: es una boleta de Rentas que se paga por adelantado y se presenta junto con el documento. Acá está cuánto cuesta, cómo se saca y, sobre todo, qué papeles quedan afuera, porque ahí es donde más gente pierde un viaje.

¿Qué es el timbrado de la Policía y cuánto cuesta en 2026?

El timbrado es la tasa retributiva que cobra la Policía de Córdoba por certificar una firma. En 2026 cuesta $2.760, según el artículo 71 de la Ley Impositiva 11.090. Se genera en la web de Rentas, se paga antes de ir y el comprobante se lleva a la dependencia. Con certificado de discapacidad no se paga.

El monto sale de la Ley Impositiva de cada año, que fija las tasas de todos los servicios de la provincia. Para 2026, el apartado de la División Exposición por Extravío y las dependencias policiales trae tres líneas que conviene conocer:

Tasas de la Policía de Córdoba para 2026 según el artículo 71 de la Ley Impositiva 11.090.
ServicioTasa 2026
Certificación de firmas$2.760
Exposición por constancia o extravío hecha por un tercero$6.450
Personas con certificado de discapacidadSin cargo
Certificación de copia fielSin cargo

Ojo con la cantidad de boletas. El instructivo de la Policía dice que se paga una tasa por cada foja (carilla) de toda copia donde haya que certificar firmas, y una tasa por cada persona que se mencione en la gestión. Si el papel tiene varias carillas firmadas o firman varias personas, preguntá en la dependencia cuántas boletas te van a pedir antes de pagar.

La certificación de copia fiel, que es cuando la Policía deja constancia de que una fotocopia coincide con el original, no tiene costo. Hay una condición: no certifica copias que salen de un celular, una tablet o una computadora. Llevá la fotocopia en papel y el original.

Fuente: Ley Impositiva 2026 de la Provincia de Córdoba (Ley 11.090), artículo 71, puntos 2.1 a 2.3.

Fuente: Policía de la Provincia de Córdoba, Resolución 81671/2024, Anexo II (guía rápida de trámites en sede policial), puntos 9 y 10.

Cómo sacar y pagar la tasa en Rentas

Entrás a la web de Rentas Córdoba, en la sección para ver y pagar, generás la boleta de la tasa de la Policía y la pagás en Rapipago, Pago Fácil o un banco habilitado. Con el comprobante, el DNI y el documento sin firmar vas a la dependencia policial. Si no llevás el comprobante, no te hacen el trámite.

  1. Generá la boleta en la web de Rentas. Es la tasa retributiva de servicios de la Policía, en el concepto de certificación de firmas.
  2. Pagala en Rapipago, Pago Fácil o una entidad bancaria autorizada. Guardá el comprobante, porque es lo que te van a pedir en el mostrador.
  3. Llevá el DNI, físico y vigente o en Mi Argentina, y el documento donde vas a firmar. La certificación sirve para que un funcionario dé fe de que la firma es tuya, así que firmás delante suyo.
  4. Andá a la dependencia policial más cercana o a la División Exposición por Extravío, en Av. Colón 1254, barrio Alberdi. El teléfono publicado es 428-7080.

El trámite es personal y presencial: el instructivo aclara que no se puede hacer en forma digital. Sobre el horario de la División Exposición por Extravío hay dos datos distintos en páginas oficiales de la Policía, así que confirmalo antes de ir, sobre todo si pensás ir un sábado.

Fuente: Rentas Córdoba, ver y pagar.

Fuente: Policía de la Provincia de Córdoba, Exposición por Extravío: tasas y requisitos.

Qué papeles certifica la Policía y cuáles no

La Policía certifica firmas en notas, declaraciones juradas y constancias sin valor económico. No certifica contratos de alquiler, boletos de compraventa, cheques, pagarés ni autorizaciones para que un menor salga del país, según la Resolución 81671/2024. Tampoco el formulario 08 de un auto, porque no figura entre los certificantes que acepta la DNRPA.

La regla está en el reglamento de trámites en sede policial. Quedan excluidos los documentos que contengan un valor económico, y la resolución dice que en esos casos corresponde certificar a un escribano, salvo que una ley permita expresamente que lo haga la Policía. También excluye las autorizaciones de padres o tutores para que un menor salga del país, que quedan a cargo de las autoridades que enumera Migraciones.

Según la Resolución 81671/2024 de la Policía de Córdoba y el Digesto de la DNRPA. Ante la duda, preguntá dónde vas a presentar el papel.
Documento¿Lo certifica la Policía?Quién lo certifica
Nota o declaración jurada sin valor económicoSíPolicía o escribano
Carta poder de ANSESSí, en la comisaría del domicilio, según argentina.gob.arPolicía o escribano con legalización
Contrato de alquilerNoEscribano
Boleto de compraventa, cheque, pagaréNoEscribano
Formulario 08 de un autoNoEscribano, Registro Seccional y otros certificantes de la DNRPA
Permiso para que un menor viaje al exteriorNoEscribano con legalización, Registro Civil o RENAPER
Copia de un archivo del celular o la computadoraNoConsultá con un escribano

La carta poder de ANSES tiene su propio formulario. Argentina.gob.ar indica que la firma se puede certificar en la comisaría del domicilio o ante escribano, y en ese caso con legalización del Colegio. Para una carta poder que no es de ANSES, la Policía no publica una regla específica: si el poder tiene contenido económico, lo más probable es que te deriven a un escribano, así que preguntá antes.

Fuente: Policía de la Provincia de Córdoba, Resolución 81671/2024, Anexo II (guía rápida de trámites en sede policial), exclusiones del trámite de certificación de firma.

Fuente: Argentina.gob.ar, ANSES: nombrar apoderado o presentar carta poder.

Fuente: DNRPA, Digesto de Normas Técnico-Registrales, Título I, capítulo V, sección 1ª, artículo 1.

Si la Policía no te lo certifica, ¿qué opciones hay?

Para un alquiler, un boleto, un pagaré o el 08, la opción es un escribano, que cobra desde $26.500 por firma según el mínimo ético del Colegio. Para un permiso de viaje al exterior también podés ir al Registro Civil municipal. La diferencia con la tasa policial es de $23.740 por firma, y pesa menos que perder el trámite.

El escribano certifica cualquier firma, tenga o no valor económico. El mínimo ético del Colegio de Escribanos parte desde $26.500 por cada persona que firma y por cada formulario, y cada escribano cotiza desde ahí. Si un contrato lo firman dos personas, son dos certificaciones: $53.000. El detalle completo está en la certificación de firma en Córdoba y en la tabla de honorarios mínimos del Colegio.

Para la venta de un auto, la firma del 08 la certifican, entre otros, el encargado del Registro Seccional y los escribanos. En la página del formulario 08 está quiénes más pueden hacerlo y cuánto cuesta.

Para que un chico viaje al exterior, el Registro Civil de la Municipalidad de Córdoba emite el permiso de salida del país. Cobraba $30.000 en enero de 2026 y pide que el menor tenga pasaporte vigente; confirmá el valor actual antes de ir. La otra vía es el escribano, con legalización del Colegio. Las diferencias entre las dos están en autorización de viaje para menores.

Una recomendación que ahorra tiempo: antes de pagar cualquier tasa, preguntá en el lugar donde vas a presentar el papel qué certificación te aceptan. Hay organismos que piden escribano aunque el documento no tenga valor económico, y otros que aceptan la Policía sin problema.

Preguntas frecuentes sobre el timbrado de la Policía

¿Cuánto sale el timbrado de la Policía de Córdoba para certificar una firma?

En 2026 la tasa es de $2.760 por certificación de firmas, según el artículo 71, punto 2.1, de la Ley Impositiva 11.090. Quien tiene certificado de discapacidad no la paga. La certificación de copia fiel de un documento, en cambio, es gratuita en las dependencias policiales.

¿Dónde se paga la tasa de la Policía para certificar firmas?

La boleta se genera en la web de Rentas Córdoba, en la sección para ver y pagar, y se paga en Rapipago, Pago Fácil o un banco habilitado. Después llevás el comprobante de pago a la dependencia policial. Sin ese comprobante, la Policía no hace la certificación.

¿La Policía certifica la firma de un contrato de alquiler o de un boleto?

No. La Resolución 81671/2024 excluye los documentos con valor económico, como contratos de alquiler, boletos de compraventa, cheques, pagarés y letras de cambio, y aclara que en esos casos certifica un escribano. La única excepción es que una ley permita expresamente que lo haga la autoridad policial.

¿Puedo certificar en la Policía un permiso para que mi hijo viaje al exterior?

No. La misma resolución excluye las autorizaciones de padres o tutores para que un menor salga del país. Esas autorizaciones las dan las autoridades que enumera Migraciones: entre ellas, el escribano con legalización del Colegio, el Registro Civil y el RENAPER al tramitar el pasaporte.

¿Hace falta turno para certificar una firma en la Policía?

El instructivo de la Policía no pide turno: el trámite es personal y presencial, en la dependencia policial más cercana o en la División Exposición por Extravío. Lo que sí tenés que llevar es el DNI, el documento a certificar y el comprobante de la tasa ya pagada.

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