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Registro General de Córdoba: qué podés hacer vos
El Registro de la Propiedad de la provincia, explicado desde el lado de quien no es escribano: qué podés pedir con tu Ciudadano Digital, qué pasa sí o sí por una escritura y cuánto sale cada cosa en 2026.
Esta no es la web del Registro. La página oficial del Registro General de la Provincia de Córdoba, el que todos llaman Registro de la Propiedad, es registrodelapropiedad.cba.gov.ar. Para casi todos sus trámites en línea necesitás Ciudadano Digital nivel 2, y el Registro responde consultas por su página de Facebook de lunes a viernes de 8 a 16. Lo que sigue es un mapa para saber qué podés resolver vos ahí y qué necesita un escribano.
¿Qué es el Registro General de la Provincia?
Es el organismo provincial donde se inscriben los inmuebles de Córdoba y todo lo que les pasa: compras, donaciones, hipotecas, embargos, usufructos y afectaciones a vivienda. La inscripción es lo que da publicidad a esos actos frente a terceros, y cualquier persona puede consultarla. Su web oficial es registrodelapropiedad.cba.gov.ar.
Cada inmueble tiene una matrícula, o un folio en el sistema cronológico más viejo, con la historia de sus dueños y de sus cargas. Cuando comprás una casa, la escritura se inscribe ahí; cuando terminás de pagar una hipoteca, la cancelación también. El Código Civil y Comercial dice que la compra de un derecho real no se puede oponer a terceros interesados y de buena fe mientras no tenga publicidad suficiente, y para los inmuebles esa publicidad es la inscripción (artículo 1893).
La web del Registro está ordenada en secciones: informes, registraciones, informe DIR, bien de familia, informe de dominio, consulta de documentos y formularios. Buena parte de esos trámites están pensados para escribanos, abogados y juzgados. Unos pocos están abiertos a cualquier persona, y son los que más se buscan.
Fuente: Registro General de la Provincia de Córdoba, sitio oficial.
Fuente: Código Civil y Comercial de la Nación (Ley 26.994), artículo 1893.
Trámites del Registro que podés hacer sin escribano
Sin escribano podés pedir el informe de dominio de cualquier inmueble por $6.450, pedir un informe registral si acreditás interés legítimo y afectar tu casa como bien de familia, gratis y en línea, si sos el único titular. Se hace con Ciudadano Digital nivel 2 y, cuando hay tasa, se paga con boleta o en forma electrónica.
| Trámite | Quién puede | Costo 2026 |
|---|---|---|
| Informe de dominio (publicidad directa) | Cualquier ciudadano, con CiDi nivel 2 | $6.450 |
| Informe registral para particulares (formulario G-2) | Quien acredite interés legítimo | La tasa que indica el sistema al generar el trámite |
| Afectación a vivienda (bien de familia) | El titular; en línea si es titular único | Sin cargo |
| Desafectación del bien de familia | El constituyente; si está casado o en unión convivencial inscripta, con el asentimiento del cónyuge o conviviente | Sin cargo |
El informe de dominio es el más pedido. Muestra quién es el titular del inmueble y si tiene hipoteca, embargo o bien de familia, y conviene sacarlo antes de dejar una seña. El paso a paso, con el número de matrícula y el pago, está en informe de dominio de un inmueble en Córdoba.
El informe registral para particulares sirve para otros usos, como acreditar solvencia o un cambio de apellido, y se puede pedir en línea o en la mesa de entradas de una sede del Registro. El Registro aclara que se informa sin reserva de prioridad.
La afectación a vivienda, el viejo bien de familia, se hace en biendefamilia.cba.gov.ar con CiDi nivel 2 y el número de cuenta del inmueble, y la Ley Impositiva la declara sin cargo. Según una nota oficial de 2019, el trámite en línea es para titulares únicos: si hay condominio, herederos o usufructo, se hace en forma presencial. Qué protege, qué deudas quedan afuera y cómo se cancela está en bien de familia en Córdoba.
Fuente: Registro General de la Provincia de Córdoba, sitio oficial, informes y bien de familia.
Fuente: Gobierno de Córdoba, bien de familia online.
Fuente: Gobierno de Córdoba, registrar tu vivienda como bien de familia (07-01-2019).
Fuente: Ley Impositiva 2026, artículo 75, incisos 7 y último párrafo.
Fuente: Código Civil y Comercial de la Nación (Ley 26.994), artículo 255.
Qué pasa por un escribano y cuánto cuesta
La inscripción de una compraventa, una donación o una hipoteca llega al Registro a través del escribano que hizo la escritura. Antes de firmar, el escribano pide el certificado del Registro, que cuesta $32.500 por inmueble. Después inscribe la escritura, con una tasa del 0,2 % del valor y un mínimo de $22.570.
Una compraventa o una donación de inmueble tiene que hacerse por escritura pública, y la ley no deja que el escribano la autorice sin tener a la vista el certificado del Registro sobre la situación del inmueble y de las personas. Ese certificado, en 2026, cuesta $32.500 por inmueble.
| Concepto | Tasa |
|---|---|
| Certificado notarial, por inmueble | $32.500 |
| Inscripción de la escritura, por inmueble | 0,2 %, mínimo $22.570 |
| Inscripción de vivienda única hasta $49.000.000 | La mitad |
| Afectación a vivienda y su cancelación | Sin cargo |
La inscripción se calcula sobre el mayor valor entre el precio, la base imponible del Impuesto Inmobiliario y la base del impuesto de sellos. En un departamento de $60.000.000, la tasa es de $120.000. En una casa de $40.000.000 que va a ser la vivienda única y permanente del comprador, la tasa normal sería $80.000, pero se paga la mitad: $40.000.
Estas tasas no son honorarios. El escribano cobra aparte su honorario, que para una escritura traslativa tiene un mínimo ético del Colegio desde $1.110.350 o el 2 % del valor. El costo completo, con sellos y aportes, está en cuánto cuesta escriturar en Córdoba. Y si lo que necesitás es levantar una hipoteca ya pagada, mirá la cancelación de hipoteca.
Fuente: Ley Impositiva 2026, artículo 75, incisos 1 y 6.
El Registro digital: qué cambió con la Ley 10.990
La Ley 10.990 de Córdoba dispuso que la registración de documentos notariales electrónicos en el Registro General sea totalmente digital. Tiene un efecto en el bolsillo: si la escritura de compraventa se inscribe por los canales virtuales del Registro, el impuesto de sellos baja del 1 % al 0,7 %.
La ley, publicada en octubre de 2024, modificó la ley del Registro General para que los documentos notariales electrónicos se registren en forma totalmente digital. Aun para lo que entra en papel, el Registro aclara en su web que convierte esos documentos a soporte digital para procesarlos.
El ahorro en sellos está en la Ley Impositiva 2026 y tiene una condición precisa: que la registración se haga por los canales virtuales que el Registro habilita para documentos digitales. En una compraventa de $60.000.000, la diferencia es de $180.000. Preguntale al escribano si va a inscribir por esa vía. El detalle de las alícuotas está en impuesto de sellos en Córdoba.
Otra novedad de 2026: los informes de dominio traen un código QR que lleva a la ubicación del inmueble en el mapa de Catastro. Sirve para comprobar que la matrícula corresponde a la propiedad que estás mirando, algo que antes había que cruzar a mano.
Fuente: Ley 10.990 de Córdoba, artículo 16.
Fuente: Gobierno de Córdoba, el Registro de la Propiedad suma geolocalización en sus informes (14-06-2026).
Fuente: Ley Impositiva 2026 de la Provincia de Córdoba (Ley 11.090), artículo 45, puntos 5.2 y 8.2.